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La burocracia de la discapacidad

Geraldine

Geraldine

Hace meses colaboro con GEU relatando mi experiencia criando 2 niños, uno de ellos neurodiverso.

Me gusta transmitir tranquilidad a quienes me leen o preguntan, porque la ansiedad ante la incertidumbre ya suele venir de regalo junto al diagnóstico de nuestro hijo.

Pero hay temas más concretos que no tienen que ver con el día a día,  con la evolución y el desarrollo de los peques, con su felicidad y la nuestra, la armonía familiar o el soporte emocional en dosis extra que solemos necesitar cuando convivimos con esta realidad atípica.

Las gestiones administrativas afectarán a nuestros tiempos (¡hasta que cojamos ritmo!), nos empujarán a digerir la discapacidad cuando cobre nombre en un papel sellado y, sobre todo, nos facilitarán un poco el acceso a la intervención adecuada y a los medios financieros para reducir el impacto económico familiar criando un hijo atípico.

La burocracia de la discapacidad

Hoy os quiero resumir este otro frente que debemos atacar en cuanto recibimos el diagnóstico. Algo que considero imprescindible, impostergable y que aunque se gestiona a través de formularios requiere que seamos lógicos y realistas: no nos gusta pedir ayudas ni certificados de discapacidad o dependencia. Pero deberíamos hacerlo. Y cuanto antes mejor.

¿Por qué pedir un certificado de discapacidad?

Porque es la llave que abre las escasas puertas a plazas de atención temprana, escolarización con apoyos, ayudas económicas, etc.

Cuesta (¡y mucho!) anular lo emocional en este tema. Pero hay que pasarlo recordando que los derechos de las personas con discapacidad ya son habitualmente vulnerados y que, lamentablemente, para poder proveer a nuestro hijo de lo máximo posible para mejorar su calidad de vida debemos tener ese papel que respalde nuestras exigencias.

La solicitud se presenta en los Centros Base correspondientes a tu domicilio. En el caso de Madrid, para los menores de 6 años se ha creado un centro único llamado CRECOVI.

Si el peque es mayor de 3 años (o su patología lo admite siendo menor) y le corresponde, también deberemos solicitar valoración de movilidad reducida.

Hablando en números: para que los certificados nos sirvan habrán de superar el 33% en discapacidad y los 7 puntos para movilidad reducida.

Hablando en plazos: desde la solicitud, pasando por la valoración y entrega de informes hasta recibir el certificado pueden pasar unos 8 meses. Cuando son menores, los certificados caducarán cada 2 años y los iremos renovando hasta que se fije un % definitivo. Durante toda la vida, la PCD puede solicitar una valoración por agravamiento.

Ayudas que puedes pedir una vez obtenida la tarjeta de discapacidad

– Prestación por hijo a cargo ante la TGSS. Son 1.000 euros anuales, en dos pagos de 500 en enero y julio.

Deducción en el impuesto de la Renta. En cada declaración debéis confirmar que en los mínimos personales y familiares que reducen la base imponible estén marcadas las casillas por discapacidad del descendiente y la movilidad reducida, en su caso. Para que os hagáis una idea, si el mínimo deducible por un hijo es de 2.400 euros anuales, que tenga el 33% y movilidad reducida incrementa esa deducción en otros 6.000 euros.

– Prestación por descendiente con discapacidad de AEAT. Son 1.200 euros al año que se deducen del impuesto a la Renta o se pueden solicitar como pagos anticipados de 100 euros mensuales. No es excluyente (es decir, ¡que se pueden pedir todas las correspondientes!) de otras prestaciones idénticas como la de familia numerosa general, especial, ascendiente con discapacidad  o madre trabajadora de menor de 3 años.  Para poder acceder a este beneficio mensual al menos uno de los tutores debe estar cotizando o en situación de desempleo con prestación.

– Tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida. Permite aparcar el coche en plazas reservadas, así como en zonas azul/verde sin pagar ticket. Dependiendo de la jurisdicción también se podrá aparcar en zonas de carga y descarga.

La tarjeta está asociada a la persona (tu hijo o hija) y no al vehículo. Para darle uso debes, como corresponde, estar trasladando a la PMR. Puedes notificar a la DGT la matrícula del coche habitual para el caso en que necesites entrar a zonas de tráfico restringido y evitar la multa automática.

– Gratuidad en el comedor y ruta para alumnado con discapacidad motora en colegios ordinarios preferentes, siempre que ocupe plaza de ACNEE.

– Posibilidad de solicitar el título de familia numerosa si tenéis otro hijo más. Los descendientes con certificado de discapacidad mayor al 33% cuentan como dos.

Si cumplís este requisito, podréis solicitar ante AEAT la prestación de 1.200 euros adicional a la que os comenté antes (o de 2.400 si sois familia numerosa especial). Y tener, por ejemplo, una reducción del 50% en la cuota de escuelas infantiles públicas (0 a 3 años) para todos los hijos.

– Becas escolares. Hay muchas y variadas dependiendo de cada comunidad y el tipo de escolarización. A principio de curso suelo publicar las nacionales y las de Madrid, pero siempre os recomiendo consultar con la Secretaría de vuestro centro para que os informen.

– Reducción en el IVA para la compra de vehículos nuevos en los que se traslada a la PMR. Aquí hay una gran confusión general sobre la titularidad del coche. Si tu hijo o hija con movilidad reducida es menor de edad (o mayor pero sigues teniendo su tutela) el coche no necesita estar a su nombre. La solicitud se realiza en AEAT con el libro de familia o documento que certifique la tutela del menor, su certificado de discapacidad con movilidad reducida superior a 7 puntos y la oferta del concesionario. Hacienda emitirá un documento autorizando al vendedor a emitir la factura del coche al 4% en lugar del 21%.

Solo se puede hacer para un coche cada 4 años.

Si el vehículo estuviese a nombre de la PMR también cabría solicitar al Ayuntamiento la exención del impuesto anual.

– Ley de dependencia. Esta ayuda absolutamente necesaria se puede transformar en una plaza de atención temprana, una prestación económica o cuidados en el hogar, entre otras opciones. No requiere que tenga la discapacidad pero en menores suele ir de la mano.

La ayuda es para la persona dependiente, por lo que si solicitáis dinero la cuenta irá a su nombre y deberá ser utilizado para cubrir sus necesidades. Sobre la Ley de Dependencia me gustaría explicarla en un post especial, pero sí tenéis la oportunidad no esperéis a solicitarla. Puede demorar 2 años y la prestación económica por cuidados en el entorno familiar (que se valora con 3 grados) puede ascender a 387 euros mensuales. ¡Y no sabéis cuántas sesiones de fisioterapia, logopedia o férulas podemos pagar con ello!

Hay más ayudas, prestaciones, becas y subvenciones a las que podremos acceder una vez tengamos el certificado de discapacidad. Ello nos ayudará ante el mazazo a las arcas familiares asociado a la diversidad de nuestros hijos, materializado en terapias privadas, material accesible, ortopedia y reducción (¡o eliminación!) de jornada laboral de alguno de los padres encargado de los múltiples traslados.

En la próxima sigo. De momento haceros una carpeta con todos los informes y documentos del peque, muchas fotocopias ¡y a rellenar formularios!

Nos leemos.

Geraldine

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